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Los animales y las personas prosperan en el Condado de Monterey

Rooster Ordinance 3 - DRAFT

Ordenanza de Gallos

roosterA partir del 14 de julio de 2015, la Ordenanza del Código del Condado de Monterey 5249 requiere permisos para las operaciones de cría de gallos donde se mantienen 5 o más gallos en cualquier propiedad dentro de las áreas no incorporadas del condado de Monterey. El propósito de la Ordenanza sobre los gallos es equilibrar los intereses legítimos de las empresas agrícolas y las organizaciones de educación agrícola con la prevención de la cría de gallos que es insalubre, perjudicial para el medio ambiente, inhumana y propicia para las peleas de gallos ilegales.

LO QUE NECESITAS SABER:

  • Aquellas personas que tengan menos de 5 gallos no se verán afectadas por esta ordenanza.
  • Un gallo es un pollo macho que tiene 6 meses o más, o tiene el plumaje adulto completo o es capaz de cantar.
  • Ninguna persona podrá criar un gallo amarrándolo a una estaca o cualquier otro objeto. Cada gallo individual así atado constituye una violación separada.

"Ninguna operación de cría de gallos puede operar legalmente en las áreas no incorporadas del condado de Monterey sin una exención de permiso o un permiso".

  • Permiso de Operaciones de Mantenimiento de Gallos - $ 394.00 cada uno (2 horas, procesamiento e inspección del permiso y revisión de documentos)
  • Reinspección / Investigación de Quejas - $ 177.00 hr/oficial